En el lenguaje del día a día, llamamos «robar» a sustraer algo para obtener beneficio propio. Pero si has sido víctima de un robo y quieres acudir a abogados penal en Tarragona, conviene que sepas que, en términos jurídicos, puede haber distintos tipos de robo. Por ejemplo, una cosa es el robo en sí y otra cosa, el hurto. Y la verdad es que la diferencia es muy importante, tanto para el ladrón como para la víctima.

Lo primero que debemos aclararte es que el hurto y el robo no se diferencian por la cantidad sustraída, como mucha gente cree. Aunque hay matices que conviene que consultes con tus abogados penal en Tarragona, la diferencia entre robo y hurto es, principalmente, de «intensidad».

Se llama hurto cuando hay sustracción de un bien, siempre en contra de la voluntad del dueño y con ánimo de lucro, pero es «pacífica». Por ejemplo, aprovechar un descuido del dependiente y llevarse algo de la tienda. En sentido penal existen dos niveles: el «delito leve de hurto» (para cantidades inferiores de 400 euros) y el «delito de hurto» (si son más de 400 euros). La pena variará según se trate de uno u otro, y puede ser de hasta tres años de prisión en el delito de hurto con agravantes.

En cambio, se trata de un robo cuando esa sustracción se hace empleando la violencia, la fuerza o la intimidación. Por ejemplo, un atraco, un tirón de un bolso, forzar una cerradura o romper una ventana para robar en un domicilio o local comercial, agredir, etc. Como comprenderás, el robo es más dañino que el hurto, y por lo tanto más castigado. La pena puede llegar a los cinco años de prisión.

Cada caso tiene sus características y no podemos darte aquí todos los complejos detalles jurídicos. Pero en Mora & Martín Abogados estaremos encantados de escucharte.