Muchas personas confunden los términos separación y divorcio con la nulidad, por lo que conviene buscar la asesoría de abogados de divorcios en Tarragona para saber cómo corresponde proceder en cada uno de los casos.

La nulidad matrimonial es la invalidación de un matrimonio, es decir, supone que este no ha existido, debido a que se han dado vicios o defectos en la celebración del mismo. Esta es la principal diferencia con el divorcio, ya que este consiste en la disolución de un matrimonio válido. La nulidad matrimonial no se produce automáticamente por solicitarla, sino que requiere que se presente alguna circunstancia que permita la invalidación del matrimonio.

Asimismo, la nulidad matrimonial puede ser civil o eclesiástica. Tal y como mostrarán los abogados de divorcios en Tarragona, la nulidad civil se tramita en un juzgado, y la eclesiástica en tribunales eclesiásticos.

Las causas que pueden llevar a la nulidad de un matrimonio se denominan impedimentos, algunos de los cuales son:

- Matrimonio celebrado sin consentimiento de alguna de las partes.

- Cónyuges menores de edad no emancipados.

- Que alguno de los contrayentes estuviera casado previamente.

- Tener parentesco en línea recta de consanguinidad o colaterales hasta tercer grado.

- Parentesco en línea recta a causa de una adopción.

- Que se haya celebrado bajo coacción, amenaza o miedo grave.

- Matrimonio celebrado sin la asistencia de un juez o funcionario correspondiente.

- Que los contrayentes sean responsables como autores o cómplices en la muerte del anterior cónyuge de una de las partes.

La nulidad civil de un matrimonio puede ser solicitada por los cónyuges, el Ministerio Fiscal o cualquier otra persona con intereses legítimos, por lo que es recomendable contar con la asesoría de abogados para el estudio de cada caso y la toma de medidas pertinentes.

Para más información o asesoría personalizada, no dudes en contactarnos. En Mora & Martín Abogados estaremos encantados de atenderte.